Calculo DDJJ Mensual

Cálculo

En segmentos anteriores se explicó cómo proceder al ingreso de datos como la actividad económica o de alícuotas, o bien el explicar el funcionamiento de procesos que estaban vinculados con estos elementos, como por ejemplo cuando hay un concepto nuevo en la relación concepto / actividad.

En esta sección se procederá a explicar el proceso, de inicio a fin, de los valores que se calculan, muestran e impactan tanto en la Declaración jurada mensual, como en la anual.

Para ello, y con la intención de brindar mayor claridad, procederemos a separar este gran proceso en secciones. Cabe aclarar que cada sección tendrá una relación directa con pantallas previamente explicadas, por lo que, si bien puede resultar redundante, es de fundamental importancia entender como cada una de estas partes interaccionan para formar un todo.

1) Obtención de facturación

La facturación es el primer paso conceptual para poder iniciar una Declaración jurada. Esta información es obtenida automáticamente del Módulo IVA Ventas / Compras al momento de crear una Declaración jurada mensual.

La información obtenida es a modo resumida y totalizado por Concepto/Artículo y Jurisdicción. A continuación, se lista el resumen obtenido.

Dato

Observaciones

Año-Mes DJ

Fecha de Contabilización del comprobante de Ventas (Coincide con

el Libro de IVA Ventas)

Jurisdicción (Código/Descripción)

Jurisdicción definida en el comprobante

Concepto/Artículo (Código/Descripción)

Concepto/Artículo facturado en el comprobante

Tipo de ítem

Concepto/Artículo/Otro del ítem facturado

Exportaciones (s/n)

Si el Tipo de Comprobante tiene la marca de Comprobante de Exportación, el total se informa como venta de exportación

Venta de Bien de Uso (s/n)

Si el concepto tiene la marca de Bien de Uso desde el ABM de

Concepto/Artículo

Neto Gravado y no Gravado

Importe Neto Gravadopara el IVA y Todos los No Gravados que no tengan la marca de Impuesto Interno en los Parámetros de Aplicativos

IVA

Importe de IVA del Concepto

Impuesto Interno

Concepto No Gravado que tenga la marca de Impuesto interno en los Parámetros de Aplicativos

Otros (Percepciones)

Total Regímenes especiales (Total de Percepciones de la facturación de ventas asignado a la sede)

En caso de haber habido cambios en la facturación, para que se reflejen en la aplicación de Ingresos Brutos CM, es necesario actualizar manualmente. Para ello, al editar la DDJJ, seleccione el botón “Actualizar Ventas” (Imagen 1) y luego editar (Imagen 2).

La facturación puede ser visualizada en pantalla facturación (Imagen 3).

Imagen 1.

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Imagen 2.

image028.jpg

Imagen 3.

 image59.png

2) Aplicar actividades a facturación según relación concepto actividad

La información de ventas del módulo de IVA Ventas/Compras no posee el detalle de actividad económica según la listada por la COMARB. Es por ello, que mediante la Relación Concepto / Actividad, se asigna a cada concepto una actividad (o porcentaje de ella) según como haya sido configurado.

Para mayor detalle de la configuración vea la sección Relación Concepto / Actividad.

3) Incluir Ajustes a la facturación

Durante el proceso de confección de la Declaración Jurada mensual, se pueden realizar ajustes a la facturación obtenida del Módulo de IVA Ventas / Compras. Estos ajustes son incorporados a la facturación para aplicar sobre ellos el coeficiente. Para mayor información sobre ajustes haga click aquí.

4) Aplica coeficientes sobre facturación y ajustes

Una vez que se obtuvo la facturación, se le asignó las actividades correspondientes y se le realizaron los ajustes, la aplicación procede a distribuirla en las jurisdicciones según el siguiente criterio.

Contribuyente configurado como local

a. Asignación directa a la jurisdicción local

El total de actividades será asignado en un 100% a la jurisdicción local definida en la actividad principal. Aún cuando la jurisdicción del comprobante difiera con la jurisdicción definida como local, esta será asignada a la jurisdicción local y no a la del comprobante.

 Contribuyente configurado como convenio multilateral

a. Actividades de artículo 2.

Al total de la actividad se le aplicará el coeficiente ingresado en la sección de configuración -> coeficientes->DDJJ AAAAMM-R.

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Nueva Jurisdicción

Se considerará nueva jurisdicción la de aquellos conceptos asociados a actividades de artículo 2, cuya jurisdicción no tenga un coeficiente ingresado (el coeficiente es cero).

La facturación de dicha actividad y jurisdicción será asignada en un 100% a la jurisdicción del comprobante (la nueva jurisdicción). En otras palabras, no se aplicará el coeficiente por ser jurisdicción nueva y se realizará asignación directa. El monto de estas facturas de jurisdicción nueva no será incluido en el total de la actividad a distribuir del primer párrafo del punto a.

b. Actividades de Régimen Especial (artículo 6 a 12)

Para estas actividades, existe un tratamiento por defecto, que es el siguiente:

Artículo

Método de distribución

Jurisdicción Facturación

Jurisdicción Sede

2

Coeficiente

 

 

6

Directo

0,9000

0,1000

7

Directo

0,8000

0,2000

8

Directo

1,0000

-

9

Directo

1,0000

-

10

Directo

0,8000

0,2000

11

Directo

0,8000

0,2000

12

Directo

0,8000

0,2000

14

Directo

1,0000

-

Esto quiere decir que si se tiene una factura cuya jurisdicción es de Chaco y el concepto está asociado a una actividad cuyo artículo es, por ejemplo, el 10, la aplicación asignará 80% a la jurisdicción del comprobante y 20% a la jurisdicción establecida como sede, para la actividad principal.

c. Actividades Nuevas (artículo 14)

En caso de estar iniciando una nueva actividad y no contar con coeficientes, a la actividad se le asigna artículo 14, y toda la facturación será asignada directamente a la jurisdicción del comprobante. Al año siguiente, cuando se hayan calculado los coeficientes, el artículo de la actividad deberá ser actualizado.

Para casos de jurisdicciones nuevas, vea el apartado a) en donde se explica como el Sistema reconoce automáticamente la jurisdicción nueva.

5) Ajustes a la base imponible

Tal como lo permite la aplicación SIFERE web, existe la posibilidad de ajustar la base imponible por jurisdicción y actividad. La sumatoria de la base imponible y el ajuste da como resultado la base imponible neta, a la cual, se la aplica la alícuota para obtener el anticipo del impuesto.

6) Obtención de alícuotas y tratamiento fiscal

Al aplicar el asignar la facturación a la jurisdicciones correspondiente (según coeficiente o jurisdicción local) y sumarle o restarles los ajustes, se obtiene la base imponible neta para cada Actividad y Jurisdicción. Para poder calcular el anticipo del impuesto, la DDJJ mensual utilizan las alícuotas ingresadas en la Configuración -> Alícuotas -> DDJJ AAAAMM-R (si el contribuyente fue definido como local, se editan en Configuración -> Actividad -> DDJJ AAAAMM-R).

Si al momento de ingresar en una Declaración Jurada mensual, una combinación de actividad y jurisdicción tuviera base imponible pero no así una alícuota ingresada, se le solicitará en ese momento ingresar la alícuota y el tratamiento fiscal.

Desdoblar

Si para una combinación de actividad y jurisdicción existiesen distintos tratamientos (exento o gravado), la aplicación permite la posibilidad de desdoblar y tener una porción de la base imponible con un tratamiento fiscal (gravada, por ejemplo) y otra porción con otro tratamiento fiscal (exento, por ejemplo).

Cuando se desdobla, además de modificar el tratamiento, se puede modificar la alícuota.

7) Cálculo del anticipo del impuesto

Al multiplicar la base imponible neta por la alícuota de cada actividad y jurisdicción se obtiene el anticipo del impuesto. La sumatoria del anticipo de todas las actividades de la jurisdicción dan como resultado el anticipo del impuesto de la jurisdicción.

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Calculo IIBB Local

8) Deducciones

En la pantalla de deducciones se muestran las deducciones ingresadas en el Módulo IVA Ventas / Compras totalizadas por jurisdicción. Para la Declaración se pueden tomar éstas, o ingresar manualmente las obtenidas a través de la AFIP o agencias de recaudación provinciales. Lo importante es que la Declaración tomará las ingresadas en las columnas de “Deducciones de la declaración Jurada”.

En la pantalla Configuración->General->Fecha importación Deducciones se puede definir si se toman las deducciones por fecha contable o fecha de emisión del comprobante.

9) Saldo a favor y Otros movimientos

El saldo a favor es automáticamente obtenido de la declaración inmediatamente anterior en su última versión, siempre y cuando esté cerrada, pudiendo ser modificado si lo desea. Los otros movimientos deben ser ingresados manualmente.

10) Calcula el saldo a favor o pagar

Al anticipo del impuesto se le suman los otros débitos y se le restan las deducciones, el saldo a favor de períodos anteriores, los otros créditos, pagos no bancarios y créditos del anticipo. Si el resultado es positivo el saldo es a pagar para esa jurisdicción, caso contrario, será saldo a favor. Este último es el tomado como saldo a favor de la próxima declaración jurada.