Aclaraciones Generales

La aplicación realiza el cálculo del resultado por compraventa restándole al total de la venta, el costo correspondiente a la adquisición más antigua de su misma especie y calidad. La imputación se realiza a las compras realizadas en la misma cuenta de inversión en que se realiza la venta. La aplicación identificará misma especie y calidad en base al Código del Título Valor (no la descripción).

Ordenamiento de datos para FIFO

El ordenamiento que utiliza el cálculo para, identificar las adquisiciones más antiguas, es el siguiente.

Fecha de la operación: a misma fecha, se procesarán los movimientos Saldo de Inicio y Compras primero, posteriormente Ventas, y luego Amortizaciones. En caso que dos o más movimientos tengan misma fecha y tipo de movimiento, se ordenan ascendentemente en base al campo Secuencia. El mismo es asignado automáticamente durante el proceso de importación de acuerdo al orden de los registros del archivo Excel. En el caso de que el ordenamiento no sea el correcto, los campos Fecha, Movimiento, y Secuencia pueden ser modificados editando la o las transacciones deseadas. Los saldos iniciales deben ser ingresados con la fecha en la cual los Títulos fueron adquiridos, para que la aplicación pueda asignar correctamente la cotización correspondiente a la fecha de origen.

Resumiendo:

  • Fecha de la operación; a misma fecha:
  • Movimientos:
    • Saldo de Inicio
    • Compras
    • Ingreso por transferencia
    • Ventas
    • Egreso por transferencia
    • Amortizaciones
    • Rescate

A mismo movimiento:

  • Secuencia

Diferencia de Cambio por operaciones en moneda extranjera

En caso de ingresar movimientos en moneda extranjera, y el Título Valor tiene asignada otra moneda extranjera, la diferencia de cambio entre ambas monedas extranjeras no es calculada por la aplicación. Sólo se calcula la diferencia de cambio entre la moneda asignada al Título y el Peso Argentino.

Anticuación de moneda extranjera

Existen dos formas de obtener la diferencia de cambio generada por los movimientos de una cuenta corriente: una manual y otra automática.

Generación manual

Para realizar la anticuación de moneda extranjera de forma manual, se debe cargar la Moneda como un Título Valor, asignarle una clasificación de cuenta corriente y asignarle esa moneda extranjera en el campo correspondiente y cargar/importar lo movimientos (en esa misma moneda). Las cantidades deben coincidir con el subtotal, ya que la moneda tiene precio unitario igual a 1 (su valor nominal coincide con su valor expresado en dicha moneda).

Generación automática

Para realizar la anticuación de moneda extranjera de forma automática, se debe crear una cuenta corriente dentro de la cuenta de inversión y asignarla a las transacciones que corresponden.

Es necesario aclarar que todas las transacciones (incluyendo saldo inicial) de la cuenta corriente deben ser ingresadas para que la diferencia de cambio sea calculada correctamente.

Transacciones de la cuenta corriente (contrapartida automática)

Para realizar el cálculo, la aplicación genera su contrapartida a todas aquellas transacciones a las que se le haya asignado una cuenta corriente. A modo de ejemplo, una transacción de fecha 01/08/20xx en la que se adquirió desde la cuenta corriente “xxxx” la cantidad de 200 bonos DICA a valor total de 479.600.-, representará un ingreso para el bono DICA y un egreso para la cuenta corriente, Este egreso es una contrapartida generada automáticamente.

Las contrapartidas son generadas durante el proceso de cálculo (al seleccionar la pestaña Resumen), y serán visualizadas en el reporte de Cuentas Corrientes y en el detalle completo en Excel. En este último figurará como un título más.

Art. 86 inc F Ley 27.430

En este artículo expresa que al momento de la venta, se puede optar por el costo de adquisición o el precio al 31/12/2017 (de los dos el mayor) al fin de determinar el resultado por compra-venta.

Esto aplica solo para los títulos argentinos que estaban exentos previo reforma (antes de 2017) y ahora están gravados (2018 en adelante).

Para que el sistema compare los costos, se debe hacer los siguientes 5 pasos.

  1. Debe crearse una clasificación cuya campo "Gravado IG Compra-Venta" sea "Gravado (Exento 2017)"
  2. El título en cuestión debe tener asignada esa clasificación en el proyecto.
  3. El proyecto debe tener asignado como año fiscal 2018.
  4. Cargar el precio unitario corriente al 31/12/2017 en la configuración del título. Una vez asignada la clasificación (en un proyecto cuyo año fiscal sea posterior al 01/01/2018) la opción será visible al usuario. De lo contario permanecerá oculta.
  5. La compra (saldo inicial) debe poseer fecha 2017 o anterior, y debe ser vendido en 2018 o posterior

Habiendo realizado estas 5 cosas la aplicación comprará los precios y tomará el mayor para calcular el resultado por compra venta. De utilizarse el costo del 31/12/2017, se almacenan los costos originales y se calcula un resultado exento (diferencia entre costo original y costo 31/12/2017).

Si el costo de adquisición original es el mayor, no se realiza cambio alguno con respecto a una venta ordinaria.

Amortizaciones

Los movimientos ingresados como Amortización impactan en las compras, reduciendo su valor en pesos, pero no así su cantidad. Las sucesivas ventas que imputen como costo dichas compras, contemplaran el costo original y el ajuste que generase la amortización. El monto se asigna a las compras con saldo, con fecha anterior a la amortización, distribuyendo el monto recibido sobre el total de cantidades de dicho Título. La última amortización debe ser asignada como una Rescate en tipo de movimiento, para que se descargue la cantidad (queda en cero) y se calculen los resultados (comparando costo de compra con valor de rescate).

El sistema permite aplicar dos métodos de reconocimiento del resultado generado por la amortización. Ambos métodos reconocen el mismo resultado, pero en distinto momento de tiempo.

Método “Resultado en la enajenación”

En este criterio la amortización se imputa al costo de adquisición por el monto percibido. Si existiesen múltiples compras del título (con existencias al momento de la amortización), el monto de la amortización es prorrateado en base a la cantidad.

En el momento de la enajenación se reconoce el resultado substrayendo del monto de la venta el costo de la compra (original sin modificar) y las amortizaciones asignadas a la compra según el método en párrafo anterior.

Método “Resultado en la amortización”

En este criterio la amortización se imputa a la compra en base al porcentaje de la amortización (porcentaje de amortización multiplicado por el costo de adquisición), y se reconoce un resultado por la diferencia entre el monto cobrado por la amortizado y el del costo estimado en base el porcentaje de amortización y el costo de adquisición.

Ejemplo comparativo

En el método resultado en la enajenación las amortizaciones impactan el resultado por compraventa, recién cuando el título sea vendido. Mientras que en el método resultado en la amortización, se va reconociendo resultado en la amortización.

Resultado en la enajenación bajo la par

  Total VN Existencia Costo Venta Resultado
Compra 0,90 100% 0,00 0,00 0,00 0,00
Amortización -0,10 -10% -0,10 0,00 0,00 0,00
Amortización -0,10 -10% -0,10 0,00 0,00 0,00
Amortización -0,10 -10% -0,10 0,00 0,00 0,00
Venta -0,67   -0,60 -0,60 0,67 0,07
      0,00     0,07

Resultado en la amortización bajo la par

  Total VN Existencia Costo Venta Resultado
Compra 0,90 100% 0,90 0,00 0,00 0,00
Amortización -0,10 -10% -0,09 -0,09 0,10 0,01
Amortización -0,10 -10% -0,09 -0,09 0,10 0,01
Amortización -0,10 -10% -0,09 -0,09 0,10 0,01
Venta -0,67   -0,63 -0,63 0,67 0,04
      0,00     0,07

Método mixto bajo la par

  Total VN Exicia Costo Venta Resultado
Compra 0,90 100% 0,90 0,00 0,00 0,00
Amortización -0,10 -10% -0,10 0,00 0,00 0,00
Amortizacion -0,10 -10% -0,10 0,00 0,00 0,00
Amortizacion -0,10 -10% -0,09 -0,09 0,10 0,01
Venta -0,67   -0,61 -0,61 0,67 0,06
      0,00     0,07

Resultado en la enajenación a la par

  Total VN Existencia Costo Venta Resultado
Amortización 1,00 100% 1,00 0,00 0,00 0,00
Amortizacion -0,10 -10% -0,10 0,00 0,00 0,00
Amortizacion -0,10 -10% -0,10 0,00 0,00 0,00
Amortizacion -0,10 -10% -0,10 0,00 0,00 0,00
Venta -0,67   -0,70 -0,70 0,67 -0,03
      0,00     -0,03

Resultado en la amortización a la par

  Total VN Existencia Costo Venta Resultado
Compra 1,00 100% 1,00 0,00 0,00 0,00
Amortizacion -0,10 -10% -0,10 -0,10 0,10 0,00
Amortizacion -0,10 -10% -0,10 -0,10 0,10 0,00
Amortizacion -0,10 -10% -0,10 -0,10 0,10 0,00
Venta -0,67   -0,70 -0,70 0,67 -0,03
      0,00     -0,03

Método mixto a la par

  Total VN Existencia Costo Venta Resultado
Compra 1,00 100% 1,00 0,00 0,00 0,00
Amortización -0,10 -10% -0,10 0,00 0,00 0,00
Amortizacion -0,10 -10% -0,10 0,00 0,00 0,00
Amortizacion -0,10 -10% -0,10 -0,10 0,10 0,00
Venta -0,67   -0,70 -0,70 0,67 -0,03
      0,00     -0,03

Resultado en la enajenación sobre la par

  Total VN Existencia Costo Venta Resultado
Compra 1,10 100% 1,10 0,00 0,00 0,00
Amortización -0,10 -10% -0,10 0,00 0,00 0,00
Amortizacion -0,10 -10% -0,10 0,00 0,00 0,00
Amortizacion -0,10 -10% -0,10 0,00 0,00 0,00
Venta -0,67   -0,80 -0,80 0,67 -0,13
      0,00     -0,13

Resultado en la amortización sobre la par

  Total VN Existencia Costo Venta Resultado
Amortización 1,10 100% 1,10 0,00 0,00 0,00
Amortizacion -0,10 -10% -0,11 -0,11 0,10 -0,01
Amortizacion -0,10 -10% -0,11 -0,11 0,10 -0,01
Amortizacion -0,10 -10% -0,11 -0,11 0,10 -0,01
Venta -0,67   -0,77 -0,77 0,67 -0,10
      0,00     -0,13

Método mixto sobre la par

  Total VN Existencia Costo Venta Resultado
Compra 1,10 100% 1,10 0,00 0,00 0,00
Amortización -0,10 -10% -0,10 0,00 0,00 0,00
Amortizacion -0,10 -10% -0,10 0,00 0,00 0,00
Amortizacion -0,10 -10% -0,11 -0,11 0,10 -0,01
Venta -0,67   -0,79 -0,79 0,67 -0,12
      0,00     -0,13

Bajo la Par

En la reforma tributaria de 2018 (Ley 27.430), en su art 90.2 inc c) y art 149.3 y 149.4 del DR 1344/98 se introdujo la obligación de discriminar y prorratear el valor bajo la par de las adquisiciones.

Método de aplicación

La aplicación prorratea el monto cargado como “Bajo la par” en la transacción de Saldo Inicial o Compra o Ingreso por Transferencia. El monto bajo la par es prorrateado por el período de meses entre la fecha “desde” y la fecha de vencimiento de título valor (ingresado en la configuración del título).

Para realizar estos cálculos, se utilizan los siguientes campos (son mostrados en el Excel detallado):

  • Desde: Fecha de adquisición (para Compra e Ingreso por transferencia) o fecha de inicio de ejercicio (para Saldo Inicial).
  • Fecha de Vencimiento: Fecha ingresada en la configuración del título valor.
  • Total Meses Prorratear: Cantidad de meses entre fecha “desde” y fecha de vencimiento. Se incluye mes de inicio y cierre (ejemplo: Desde 02/02/2018, Fecha de Vencimiento 07/10/2019, Total meses Prorratear 21).
  • Meses Ejercicio: Cantidad de meses entre fecha “desde” y fecha de cierre de ejercicio fiscal. Se incluye mes de inicio y cierre (ejemplo: Desde 02/02/2018, Fecha de Vencimiento 07/10/2019, Meses Ejercicio 11).
  • Total Meses Prorratear Cierre: Diferencia de “Total meses a Prorratear” y “Meses Ejercicio” (ejemplo: Desde 02/02/2018, Fecha de Vencimiento 07/10/2019, Total meses Prorratear Cierre 10).
  • Orden Par: Orden de secuencia del procesamiento de las transacciones relacionadas con la compra afectada por bajo la par.
  • Suma Par:
    • Saldo Inicial, Compra e Ingreso por Transferencia, monto ingresado por el usuario en el campo bajo la par de la transacción. Si la transacción esta expresada en una moneda distinta a la del título esta será convertido a la moneda del título.
    • Para Ventas, Egreso por Transferencia o Rescate, monto representa la porción de bajo la par pendiente de prorratear para esa cantidad vendida. Este monto se obtiene de multiplicar la cantidad vendida por Total Meses Prorratear y el Precio Par por Período.
      • Si el ingreso relacionado* al egreso es del mismo ejercicio, se muestra en la misma línea del egreso y no se reconoce como Renta (artículo 149.4 Inc a) DR 1344/98).
      • Por el contrario, si el ingreso relacionado* es de un periodo anterior, se discriminará en una línea aparte con fecha 01/01 del ejercicio de la venta y se reconocerá como Renta (artículo 149.3 último párrafo DR 1344/98).

* El ingreso relacionado es aquella compra que se está vendiendo y de la cual se obtiene el costo unitario para calcular los resultados.

En ambos casos al momento de establecer el costo de la venta, se utiliza el costo de adquisición derivado de lo efectivamente pagado (subtotal + comisiones) y se le suma el monto bajo la par imputado, que según la ley es el 100% del monto relacionado a esa cantidad (Art 90.2 inc c, ultima oración, Ley IG y Art 149.3, 4 párrafo, DR 1344/98).

  • Para amortizaciones parciales, la aplicación absorbe la proporción del monto amortizado relacionado al ingreso hasta el tope del “Saldo Par” anterior (ordenado por Orden Par). El monto absorbido es reconocido como Renta. Si queda “Saldo Par” este se prorratea por los meses entre la fecha de la amortización el vencimiento de título. Por eso los campos “Total Meses Prorratear”, “Meses Ejercicio”, “Total Meses Prorratear Cierre” y “Precio Par por Período” son recalculados. (149.3, 2do y 3er párrafo, DR 1344/98).
  • Para Cierre de año, 31/12 de cada ejercicio, se reconoce la renta generado por la “cantidad de existencias finales” de cada compra impactada por bajo la par, multiplicado por “Meses Ejercicio” y “Precio Par por Período”. Este sería la aplicación del prorrateo en sí mismo (Art 90.2, ultimo párrafo, Ley IG).
  • Saldo Par: Al “Saldo Par” anterior (ordenado por Orden Par), se le suma el valor “Suma Par”.
  • Par/Cantidad: Relación entre el monto “bajo la par” expresado en moneda título y la cantidad. Solo aplica para el ingreso (Compra, Ingreso por transferencia). Para el resto se traslada el del ingreso (también para saldo inicial de originado mediante un “Traslado de saldo”).
  • Precio Par por Período: Relación entre el monto “bajo la par” expresado en moneda título, la “cantidad” y “Total Meses Prorratear”.

Quebranto de 72 horas

El artículo 149.11 del decreto reglamentario (1344/98) especifica que, si una enajenación arroja quebranto, esta será imputada a las compras realizadas 72 horas posteriores o anteriores.

La aplicación Rentas Financieras realiza este proceso para el mismo título deduciendo hasta el tope de la compra el monto del quebranto. Si no hubiese otra compra que cumpla con los requisitos, el quebranto quedará con saldo y la primera compra con subtotal cero. Si hubiera otras compras que cumplas los requisitos, se seguirá detrayendo del subtotal de cada compra hasta que el quebranto quede en cero.

En los casos de las compras, el subtotal se verá modificado, así como:

  • Precio Unitario S/Comisiones Moneda Título
  • Total Moneda Título
  • Total Percibido M Tít
  • Total Percibido Pesos
  • Precio Unitario C/Comisiones Moneda Título
  • Precio Unitario C/Comisiones Moneda Título
  • Prec Unit c/Com ML
  • Existencia Valorizada (Hist) Moneda Título
  • Existencia Valorizada (Hist) Pesos

En los caso de las ventas, los siguientes resultado os se verán modificados

  • Resultado por Dif. Precio Moneda Título
  • Resultado por Dif. Precio Pesos
  • Resultado por Dif. De Cambio Pesos
  • Resultado Pesos

En el Excel detallado, se observa el campo “Quebranto 72hs” que muestra los impactos de este cálculo.

Error de stock negativo

El error de stock negativo es mostrado en los reportes, cuando para un título determinado el cálculo intenta asignar una venta o amortización y no encuentra compras que contengan saldos.

A modo de ejemplo, si se posee 1 compra por la cantidad de 100 y 2 ventas por la cantidad de 75, si bien la aplicación logra aplicar la primera venta de 75, y parcialmente la segunda venta en las 25 restantes de la compra de 100, quedarán 50 de esa segunda venta que no podrá asignar. Lo cual genera el error de stock negativo.

Una forma sencilla de rastrear el error es exportar el detalle completo en Excel y filtrar las líneas del Título que poseen error. La columna Error puede asistirle en ello. Una vez filtrado, buscar aquellas filas que de la columna M en adelante estén vacías. En ese punto, el cálculo fue cancelado para ese Título y prosiguió con el siguiente. Es en esa línea en la que el cálculo no pudo asignar una venta o una amortización por no encontrar compras con saldos.

Este error se puede originar por:

  • Errores en el ordenamiento de las transacciones.
  • Transacciones que no han sido ingresadas a la aplicación.
  • Transacciones duplicadas.

Observaciones

Al procesar el cálculo, se realizan validaciones que son expuestas en los reportes como observaciones.

Validaciones sobre movimiento rescate

Ya que él rescate es la cancelación del Título por el cual se recibe la amortización final (capital pendiente de devolución), el cálculo realiza las siguientes validaciones:

  • El Título sólo debe contener un rescate: Ya que la cancelación se puede realizar una única vez en la vida del Título, se informa si existen más de una transacción con el movimiento rescate para dicho Título.
  • Existen transacciones posteriores al rescate: Debido a que el rescate significa la cancelación del título, se informa si existen movimientos posteriores a este para dicho Título.
  • La cantidad del rescate no coincide con el saldo: Como el rescate significa la cancelación del Total del título, se informa si la cantidad del rescate no coincide con el saldo pendiente a la fecha de la transacción para dicho Título.

Validaciones sobre año fiscal

Al momento de ingresar una declaración jurada, la misma pertenece a un año fiscal. Es por esto que, toda transacción fuera del intervalo del año fiscal tendrá una observación.

El cálculo realiza las siguientes validaciones:

  • Transacción posterior al cierre: Se verifica sí la fecha de la transacción es posterior al cierre del año fiscal. De ser así, tendrá una observación.
  • Transacción anterior al inicio: Se verifica sí la fecha de la transacción es anterior al inicio del año fiscal. De ser así, tendrá una observación.